Ei-iE

No a la ATCI, el TISA, el AEGC, el TPP y otros acuerdos similares de inversión y comercio

Resolución del 7º Congreso Mundial

publicado 25 julio 2015 actualizado 21 octubre 2024

El 7º Congreso Mundial de la Internacional de la Educación reunido en Ottawa, Canadá, del 22 al 26 de julio de 2015:

1. Reafirma la inveterada oposición de la IE a acuerdos comerciales multilaterales, plurilaterales, regionales y bilaterales que tratan de comercializar y privatizar los servicios públicos, incluida la educación.

2. Expresa serias preocupaciones con respecto a la nueva oleada de acuerdos de inversión y comercio que están siendo actualmente negociados por gobiernos nacionales y órganos supranacionales como la Unión Europea (UE). Estos acuerdos incluyen el Acuerdo Económico y Comercial Global (AECG) entre la UE y Canadá; la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (ATCI) entre la UE y EE.UU. ; el Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP)1; y el Acuerdo sobre el Comercio de Servicios (TiSA), en el que participan 23 miembros de la Organización Mundial de Comercio (OCM) (entre ellos la UE).

3. Cree que estos acuerdos de inversión y comercio van a tener profundas consecuencias para la economía mundial, sobre todo porque están siendo promovidos como puntos de referencia para acuerdos futuros.

4. Reconoce que los países en desarrollo tienen muchas probabilidades de verse severamente perjudicados por las reglas de los acuerdos de inversión y comercio que limitan e impiden el establecimiento y la expansión de los servicios públicos, incluida la educación.

5. Condena la falta de transparencia y de un control democrático adecuado, y el hecho de que los representantes de los países más pobres del mundo están completamente excluidos de estas negociaciones.

6. Reconoce que estos acuerdos tratan de ir mucho más allá de las tradicionales reducciones arancelarias, al imponer limitaciones a lo que los gobiernos pueden hacer tras sus fronteras nacionales, incluyendo la promoción de la convergencia normativa y la coherencia reguladora entre países, independientemente de las prioridades nacionales.

7. Cree que estos acuerdos representan amenazas directas a la prestación de unos servicios públicos de buena calidad, incluida la educación, en concreto por el hecho de restringir la capacidad de los gobiernos para regular en función del interés público, de fomentar una mayor liberalización de los servicios, y de ampliar los derechos de las corporaciones multinacionales.

8. Cree además que la aplicación de acuerdos controlados por los intereses corporativos va a conllevar a la invalidación de la soberanía jurídica nacional y al debilitamiento de los derechos de los trabajadores y las normas sociales y ambientales.

9. Sigue sin estar convencido por las afirmaciones oficiales que sostienen que estos acuerdos de inversión y comercio permitirán generar más empleo y aportar mayores beneficios económicos a la clase trabajadora, y cree que los beneficios económicos que efectivamente se generen serán distribuidos de manera desigual y se verán rebasados por los costes que habrán de asumir los trabajadores/as y sus familias.

10. El 7º Congreso Mundial de la Internacional de la Educación está especialmente preocupado por los siguientes elementos en el marco de los acuerdos de inversión y comercio:

a. Los mecanismos de resolución de controversias entre inversores y Estados (ISDS): un panel de arbitraje favorable a la actividad empresarial que permite a las corporaciones extranjeras demandar a los Estados soberanos cuando la acción de un gobierno electo o de una autoridad descentralizada, o una entidad que ejerce facultades delegadas, como por ejemplo un organismo de financiación y concesión de licencias, adoptada en interés público, limita los derechos de los inversores.

(i) Los mecanismos de ISDS de acuerdos comerciales existentes que las corporaciones multinacionales utilizan y de los cuales abusan habitualmente para cuestionar políticas públicas legítimas.

(ii) El potencial para la utilización de mecanismos de protección de los inversores y ISDS para bloquear a los países con políticas neoliberales de privatización, asociaciones público-privadas, escuelas subvencionadas, sistemas de bonos, programas de préstamos para estudiantes y otros modelos similares de mercado de servicios públicos, especialmente la educación.

(iii) Sangrar a los contribuyentes para pagar a empresas extranjeras importantes sumas de fondos públicos por concepto de indemnización en los acuerdos ISDS, calculadas mediante la evaluación de pérdidas de los beneficios futuros previstos por las corporaciones.

b. El enfoque “de lista negativa”: todos los servicios, incluida la educación, pueden ser totalmente liberalizados a menos que las partes implicadas introduzcan una exclusión específica para ellos.

c. Las cláusulas de “efecto trinquete”: mecanismo para garantizar el bloqueo automático de cualquier medida futura adoptada para liberalizar los servicios en un determinado país. Esto significa que si un gobierno decidiera experimentar con la liberalización total o parcial del sector educativo, los gobiernos futuros no podrían anular este proceso a menos que pagaran una indemnización considerable.

d. La coherencia y cooperación en materia de regulación – el establecimiento de nuevos procesos tecnocráticos para la formulación de políticas, supervisado por organismos reguladores con poder para controlar la implementación de compromisos reglamentarios en criterios, procesos y evaluaciones, y para proponer el desarrollo de normativas futuras.

e. Los derechos laborales: la incapacidad para incluir normas efectivamente aplicables para proteger y mejorar los derechos de los trabajadores y empleados – por ejemplo, una sección vinculante sobre derechos laborales basada en los Convenios fundamentales de la OIT.

El séptimo Congreso de la Internacional de la Educación:

11. se congratula por la contribución y el apoyo de las afiliadas de la IE para la organización de campañas sobre acuerdos de inversión y comercio.

12. Se congratula por el trabajo realizado por la IE, el CSEE y otras regiones de la IE para coordinar campañas y ejercer presiones con relación a los acuerdos de inversión y comercio.

13. Se congratula por las campañas llevadas a cabo y las presiones ejercidas por la IE, el CSEE y otras regiones de la IE con el objetivo de poner de manifiesto los peligros potenciales que suponen los AECG, la ATCI, la TPP y el TiSA para los sistemas de educación pública, observando al mismo tiempo las dificultades a la hora de garantizar unas exenciones claras y precisas para la educación, en particular en el ámbito de la formación profesional, la educación de adultos y la enseñanza superior.

14. Observa los peligros de encontrarse con un hecho consumado en forma de acuerdos inadecuados e inaceptables en los cuales ni los trabajadores/as ni los ciudadanos/as han tenido la oportunidad de ejercer ninguna influencia ni de introducir ninguna enmienda, y en el que el tiempo dificultará la posibilidad de movilizarse en contra.

15. Recuerda que los intentos previos de consagrar los derechos de los inversores de corporaciones multinacionales – por ejemplo, el Acuerdo Multilateral de Inversiones (AMI) a finales de la década de 1990 – fracasaron, en parte, gracias a la presión popular.

16. Solicita al Consejo Ejecutivo de la IE adoptar una postura clara de oposición de principio a los AECG, la ATCI, la TPP y el TiSA así como otros acuerdos similares de inversión y comercio, y respecto a la inclusión de los ISDS en otros acuerdos como los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI), al tiempo que prosiguen las presiones y campañas a favor de unos acuerdos que promuevan el crecimiento y los empleos dignos, que protejan unos servicios públicos de calidad y que salvaguarden las disposiciones de los trabajadores, los consumidores, el medio ambiente y la salud y seguridad.

Por otra parte, el Congreso encomienda al Consejo Ejecutivo:

17. Sensibilizar a los miembros de la IE sobre la relevancia, la repercusión y la importancia de los acuerdos de inversión y comercio en el trabajo de las organizaciones nacionales que representan a los trabajadores y trabajadoras de la educación.

18. Garantizar que los acuerdos de inversión y comercio sean un componente clave de la agenda del equipo o grupo de trabajo de la IE sobre privatización y comercialización de la educación.

19. Trabajar con federaciones sindicales internacionales, la Confederación Sindical Internacional (CSI) y organizaciones no gubernamentales en la realización de campañas contra los acuerdos de inversión y comercio perjudiciales, incluyendo propuestas formuladas por la OMC.

20. Presionar a favor de las políticas alternativas de inversión y comercio que respeten plenamente las obligaciones de los Estados en virtud del derecho internacional y sus constituciones y legislaciones nacionales con respecto a los derechos humanos, incluido el derecho a la educación, y que estimulen el crecimiento basado en el empleo, proporcionen trabajo decente, respeten los derechos de los pueblos indígenas, mejoren los niveles de vida de todos los pueblos y garanticen un desarrollo sostenible en términos medioambientales.

21. Hacer campaña para exigir que todos los acuerdos comerciales pendientes y futuros deban estar sujetos a un régimen enérgico y transparente de examen y consulta, velando por que sean de utilidad y aceptables para los millones de personas afectadas por su contenido, en todos los países cubiertos por el acuerdo.