Resolución sobre la situación del personal de la enseñanza superior
El Tercer Congreso de la Internacional de la Educación (IE) reunido en Jomtien, Tailandia, del 25 al 29 de julio de 2001:
La Internacional de la Educación afirma:
1. Los derechos y libertades del personal docente de enseñanza superior tal como han sido definidos en la Recomendación relativa a la condición del Personal Docente de la enseñanza superior de la UNESCO;
2. El importante papel de todo el personal de enseñanza superior que contribuye por medio de su labor, a la difusión del conocimiento, el logro de objetivos sociales y económicos, y la búsqueda de la innovación y las nuevas ideas;
3. La responsabilidad del personal que trabaja en instituciones de de desempeñar su labor de manera que los beneficios de la enseñanza superior estén disponibles para todos;
Sin embargo, la Internacional de la Educación nota:
4. Una erosión de la libertad académica, particularmente en el derecho de los académicos a desarrollar la enseñanza, la investigación y el conocimiento sin injerencia alguna, y su responsabilidad de promover la labor universitaria como elemento crítico y consciente de la sociedad;
La Internacional de la Educación considera que esto es producto de una serie de factores convergentes, incluyendo:
5. El aumento del apoyo de las universidades en todo el mundo en corporaciones y otras formas de financiamento privado;
6. La erosión de la titularidad y otras formas de empleo permanente;
7. El fracaso de los gobiernos nacionales en la observancia y la aplicación de los derechos y libertades del personal de enseñanza superior enunciados en la Recomendación de la UNESCO;
8. La ausencia hasta la fecha de un informe del Director General sobre la situación mundial de la libertad académica, como lo manda el Artículo 75 de la Recomendación de la UNESCO;
Por tal motivo, la Internacional de la Educación debe:
9. Continuar entablando discusiones con la OIT sobre los acuerdos internacionales que sirvan para promover y proteger los derechos y libertades expresadas en la Recomendación de la UNESCO relativa a la condición del personal docente de la enseñanza superior, y para proteger los derechos y libertades de todo el personal de enseñanza superior;
10.Organizar una conferencia donde participen representantes de las organizaciones afiliadas de la IE, los gobiernos nacionales, y las ONG (incluyendo la UNESCO) para revisar la aplicación del documento (incluyendo la publicación de informes sobre la libertad académica de los Estados Miembros) y formular una estrategia que asegure una mayor eficacia.