Ei-iE

Resolución sobre la educacion superior y la investigacion como servicio publico

publicado 25 julio 2007 actualizado 14 mayo 2024

El 5º Congreso Mundial de la Internacional de la Educación (IE) realizado en Berlín, Alemania, del 22 al 26 de julio de 2007,

1. Observa que este año se celebra el 10º aniversario de la Recomendación de la UNESCO relativa a la condición del personal docente de la enseñanza superior que afirma que:

a. Los/as profesores/as de la enseñanza superior y los/as investigadores/as tienen derecho a la libertad académica, que incluye la libertad de enseñar y debatir sin verse limitados por doctrinas establecidas, la libertad de llevar a cabo investigaciones y a difundir y publicar los resultados de las mismas, la libertad de expresar libremente su opinión sobre la institución o el sistema en que trabajan, libertad ante la censura institucional y libertad de participar en órganos profesionales u organizaciones académicas representativas ;

b. El derecho a la educación, a la enseñanza y la investigación solo puede ser plenamente disfrutado en un ambiente que garantice la libertad académica y la autonomía de las instituciones de educación superior ;

c. la titularidad o su función equivalente, donde este régimen exista, constituye uno de los principales procedimientos que salvaguardan la libertad académica ; d. el personal docente de la enseñanza superior y de la investigación debe gozar del derecho de asociación y de negociación colectiva de conformidad con los estándares e instrumentos normativos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); y

e. las condiciones de trabajo de los/as profesores/as de la enseñaza superior y los/as investigadores/as deben ser aquellas que favorezcan más la eficacia de la enseñanza, las becas y la investigación.

2. Recuerda que la Declaración Universal de los Derechos Humanos afirma que "toda persona tiene derecho a la educación" y que "la educación superior debe ser igualmente accesible a todos/as sobre la base del mérito.", y que la Convención contra la Discriminación en la Educación (1960), insta a los estados a que "la enseñanza superior sea accesible a todo/as de manera igualitaria sobre la base de la capacidad de cada uno/a".

3. Reafirma los principios estratégicos sobre enseñanza superior e investigación establecidos durante los Congresos Mundiales de Harare (1995), Washington (1998), Jomtien (2001) y Porto Alegre (2004).

4. Afirma que la enseñanza superior y la investigación son un bien público vital que contribuye al desarrollo social, cultural y económico de las comunidades, naciones y regiones y que es por tanto responsabilidad de los estados asegurar la adecuada financiación de las instituciones de enseñanza superior y de investigación.

5. Considera que uno de los objetivos primordiales de la investigación pública es contribuir al progreso del conocimiento y a la satisfacción de las necesidades sociales y medioambientales. La responsabilidad de establecer las políticas para la investigación debe ser asignada a entidades democráticamente elegidas, en las que la mayoría del personal este representado y no a complejos militares-industriales o a compañías privadas multinacionales.

6. Reconoce los desafíos a los que se enfrenta el profesorado de la enseñanza superior y los/as investigadores/as en todo el mundo en relación con:

a. la censura institucional y política y las restricciones a la actividad académica;

b. la ausencia y el debilitamiento de los derechos sindicales y de negociación colectiva; y

c. el constante declive de las condiciones profesionales y de trabajo que llegan a la reducción de la autonomía profesional, la creciente diferenciación entre la enseñanza y la investigación, el incremento de los contratos de duración determinada y/o la precarización del trabajo y que incluyen el deterioro de la titularidad o su función equivalente. La promoción del trabajo flexibilizado por parte de los gobiernos y la dirección de las instituciones, es uno de los mecanismos primordiales que incrementan la precarización, con las consiguientes condiciones adversas para investigadores/as y profesores/as de reciente ingreso.

7. Considera que la misión de la educación superior y de la investigación publicas, tanto a nivel nacional como internacional, se encuentra sometida a presión por una serie de factores, que incluyen:

a. Los niveles insuficientes de la financiación pública necesaria para asegurar que la enseñanza superior y las instituciones de investigación sirvan al interés público común, la reorganización y re-estructuración de los sistemas de educación pública superior que siguen las orientaciones del mercado, con particular énfasis en una financiación pública de la enseñanza y la investigación cada vez más estratificada;

b. Las limitaciones al acceso a la enseñanza superior como resultado del aumento en muchos países de los costos de inscripción;

c. Las restricciones a la libertad académica y a la posición pública de los/as intelectuales que van desde las políticas de financiamiento y rendición de cuenta de los gobiernos nacionales hasta las leyes y políticas contra la negociación colectiva;

d. El creciente número de ataques contra la libertad académica y las libertades civiles en nombre de la llamada ëguerra contra el terrorismo' que está restringiendo el necesario debate libre y público que puede desafiar a los extremismos o a cualquier tipo de terrorismo;

e. El desarrollo de clasificaciones institucionales internacionales y de exámenes estandarizados para los/as estudiantes de la enseñanza superior que distorsionan la misión de la enseñanza superior y la investigación mediante el fomento de una competencia entre naciones e instituciones marcada por las fuerzas del mercado;

f. El uso de modelos de dirección estandarizados, inspirados en los métodos de las grandes corporaciones y basados en indicadores de desempeño duros y cortoplacistas;

g. El desplazamiento de las prácticas de evaluación de la investigación entre pares por sistemas administrativos gubernamentales y orientados por criterios empresariales;

h. El intento de incluir a la enseñanza superior y a los servicios de investigación en acuerdos comerciales jurídicamente vinculantes como el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS), al igual que en acuerdos regionales bilaterales y multilaterales;

i. La continua fuga de cerebros del personal docente de la enseñanza superior y de la investigación desde los países en desarrollo y emergentes a los países desarrollados, y la posibilidad de que este desequilibrio aumente debido al envejecimiento de los/as trabajadores/as en los países industrializados;

j. La estandarización y la armonización de los procesos de acreditación de la educación superior, de las certificaciones y de procesos de "calidad asegurada" y

k. Los intentos por parte de los gobiernos de controlar de manera más directa y de ese modo erosionar, los procesos democráticos de toma de decisiones al interior de las instituciones de educación superior con las consiguientes consecuencias negativas para la autonomía y la participación directa en las decisiones del profesorado y los/as investigadores de la educación superior.

8. Acoge favorablemente el trabajo realizado por la IE sobre la educación superior y la investigación desde el Congreso Mundial de Porto Alegre (2004), que incluye actividades de cabildeo y diálogo con la UNESCO, la OCDE, la OIT y la OMC, la organización de la 5ª Conferencia sobre Educación Superior e Investigación de Melbourne (2005), y la continuación de la campaña de la IE tendiente a excluir a los servicios educativos y de investigación del AGCS.

9. Alienta a las organizaciones miembro a que, con el apoyo de la IE allí donde sea necesario:

a. Promuevan la libertad académica;

b. Apoyen una creciente utilización de convocatorias para titulación o su función equivalente y la reducción de los contratos precarizados de corta duración;

c. Vigilen los efectos de las leyes contra el terrorismo;

d. Se opongan a la comercialización de la educación superior y la investigación y continúen la campaña para excluir a la educación de los acuerdos comerciales;

e. Faciliten el intercambio y la movilidad del profesorado de la educación superior y de los/as investigadores/as a través de iniciativas de cooperación tales como los acuerdos de membresía recíproca;

f. Apoyen el incremento de la inversión pública para la educación superior a través de medidas impositivas equitativas, se oponga al aumento de los gastos de inscripción y apoye la asistencia financiera basada en las necesidades del estudiantado;

g. Establezca y fortalezca, en donde corresponda, la colaboración con las organizaciones estudiantiles en el ámbito nacional e institucional.

10. Resuelve que la IE y sus organizaciones miembro deben trabajar para:

a. Profundizar los temas relacionados con la educación superior y la investigación en el marco de "'Educadores/as- juntos/as por una educación de calidad y la justicia social'", teniendo en cuenta que las políticas de la IE sobre Educación superior e investigación establecen estrechos vínculos entre los intereses específicos de la educación superior y su contribución y relación con la educación, primaria y secundaria;

b. Promover la educación superior y la investigación a la vez como un bien y un servicio públicos;

c. Desarrollar mayor capacidad en la campaña contra la inclusión de los servicios educativos y de investigación en los tratados comerciales;

d. Promover la cooperación internacional en la educación superior y la investigación estableciendo lazos y fortaleciendo la capacidad de las afiliadas de la IE en el área de la educación superior y la investigación, en particular en los países en desarrollo y en transición;

e. Explorar modelos de movilidad de profesores/as y estudiantes y los obstáculos nacionales e institucionales que la limitan. Asimismo desarrollar una política positiva que mejore la calidad de la experiencia del personal educativo y los/as estudiantes que se traslada, como una estrategia clave en el marco de la respuesta global de la IE a este tema;

f. Confrontar los temas y problemas asociados con las clasificaciones nacionales e internacionales en las instituciones de educación superior, tomando nota de que, a menudo, las mismas favorecen la creación de mercados nacionales e internacionales de educación superior que son raramente neutrales u objetivos;

g. Evaluar las consecuencias de cualquier programa de evaluación de los/as estudiantes que tome como modelo el PISA en la educación superior, tomando en cuenta que tales instrumentos no son apropiados para las características de las instituciones de educación superior. Allí donde estos instrumentos son usados, deben tomar en cuenta las diversas bases sociales y de financiamiento que tienen las instituciones de educación superior

h. Desarrollar una respuesta a la escasez y al envejecimiento del personal académico en muchos países y a la fuga de cerebros en los países emergentes y en desarrollo, que sea consistente con el objetivo de la OIT de una globalización justa, que incluya la oferta de atractivas propuestas de trabajo allí donde vive la gente.

11. Otorga mandato al Consejo Ejecutivo para que

a. Organice una conferencia de educación superior e investigación en 2009 a realizarse de preferencia en América Latina,

b. Desarrolle estudios, boletines y otras publicaciones sobre temas comerciales con el propósito de promover las políticas fundamentales de la IE en material de educación superior e investigación entre sus organizaciones miembro y los gobiernos, utilizando la capacidad de investigación de las afiliadas de la IE en este sector de la educación;

c. Cabildee a los organismos internacionales tales como la UNESCO, OIT, el Banco Mundial, el FMI y la OCDE a fin de proteger y promover el interés y los derechos del personal de la educación superior y de la investigación;

d. Realice campañas para la plena aplicación de la Recomendación de la UNESCO sobre la condición del personal docente de la educación superior (1997)

e. Continúe la contratación de un/a consultor/a del sector de la educación superior y la investigación para que colabore en la campaña sobre el AGCS y otros temas comerciales ; y

f. Realice mayores esfuerzos para alentar a la participación a las actuales afiliadas y para afiliar a nuevas organizaciones de Asia-Pacífico, América Latina y Africa, tomando debida nota de que esto requiere un compromiso activo de parte de las Oficinas regionales de la IE.