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Mundos de la Educación

Photo: Julio Pantoja / World Bank
Photo: Julio Pantoja / World Bank

"Una tarea pendiente: abordar la desigualdad en la educación", por Karen Inga Eira y Juan Gabriel Espínola.

publicado 13 febrero 2019 actualizado 25 febrero 2019
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En 2019 se conmemora el 30ª aniversario del Convenio Núm. 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales, de 1989, el único tratado internacional que aborda específicamente los derechos de los Pueblos Indígenas. La Internacional de la Educación reconoce el papel fundamental que desempeñan los docentes y sus organizaciones en el sistema educativo, para garantizar la promoción de los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas, incluido el derecho a aprender y utilizar su propio idioma: "El Convenio reconoce las aspiraciones de esos pueblos a asumir el control de sus propias instituciones y formas de vida y de su desarrollo económico y a mantener y fortalecer sus identidades, lenguas y religiones, dentro del marco de los Estados en que viven" (C169, preámbulo).

Dos representantes sindicales de dos organizaciones afiliadas a la Internacional de la Educación de Paraguay y Noruega comparten su visión sobre el estado actual de la implementación del C169 en sus respectivos países, para un número especial de “ International Union Rights” (diciembre de 2018), una revista publicada por el Centro Internacional para los Derechos Sindicales (ICTUR).

Noruega: Aún queda mucho por hacer

Hace casi treinta años, en 1990, Noruega fue el primer país del mundo en ratificar el Convenio 169 de la OIT1. En Noruega, el pueblo sami es reconocido como Pueblo Indígena. El pueblo sami vive en una zona dividida entre cuatro países: Noruega, Suecia, Finlandia y Rusia. De estos, sólo Noruega ha ratificado el C169. Esto ha contribuido a otorgar al pueblo sami de Noruega el derecho a seguir desarrollando su cultura y ha obligado a las autoridades a adoptar medidas para apoyar esta labor, aunque aún quedan muchas cuestiones por resolver, en especial las relativas al idioma y la educación.

Cada cinco años, el Gobierno noruego informa al Comité de Expertos sobre cómo está cumpliendo la Convención, respondiendo a las peticiones y describiendo las nuevas medidas que se adoptan. Noruega presentó su último informe2 en agosto de 2018. El Parlamento sami noruego puede presentar su propio informe en nombre del pueblo sami de Noruega3. Dicho informe se envía al Comité de Expertos como informe complementario y ofrece una opinión alternativa sobre lo que es necesario hacer para cumplir los compromisos.

La Ley de Educación4 otorga a todos los niños sami el derecho individual, independientemente del lugar del país en el que vivan, a recibir instrucción en uno de los tres idiomas sami reconocidos como idiomas oficiales (sami del norte, sami de Lule y sami del sur). En los distritos samis5, todos los niños tienen derecho a recibir su educación en sami. Fuera de esos distritos, es necesario que haya por lo menos 10 alumnos para que la educación se imparta en sami. En los distritos con una población relativamente numerosa de hablantes de sami, la mayoría de los casos ha tenido éxito. Fuera de los distritos sami, muchas familias y niños tienen problemas para recibir la educación en el idioma sami al que tienen derecho. Tanto dentro como fuera de los distritos sami hay una importante falta de docentes y de personal de guardería sami capacitados. En las zonas sami de Lule y sami del sur, la situación es especialmente difícil.

El Parlamento Sami ha señalado que deben establecerse medidas especiales para contratar a oradores sami para los programas de formación de docentes sami. Hay algunas medidas en vigor, pero el tiempo dirá si funcionan según lo previsto. La falta de personal que hable sami no se limita al sector de la educación. En los servicios de salud y en el sistema de justicia también es un problema.

Aunque los idiomas sami son idiomas oficiales en Noruega, la Ley de Educación no los trata igual en lo que respecta a los materiales didácticos. No se pueden utilizar materiales didácticos que no estén disponibles simultáneamente en ambas ortografías noruegas, pero la ley no prevé el derecho a obtener materiales didácticos en lenguas sami. No se dispone de material escrito en sami para todas las asignaturas del jardín de infancia y la escuela, algo imprescindible para poder impartir a los niños sami la educación en sami y así cumplir la ley. Desde la entrada en vigor de la ley, los profesores han considerado necesario elaborar el material didáctico ellos mismos, para poder impartir al alumnado las enseñanzas adecuadas. Esto impone una carga de trabajo adicional a los docentes que enseñan en sami, en comparación con los que enseñan en el idioma mayoritario.

Es evidente que la enseñanza del idioma sami no tiene el mismo estatus que la enseñanza del idioma mayoritario. Con respecto a los idiomas y la educación sami, todavía queda mucho por hacer.

Paraguay: La travesía para lograr el pleno ejercicio de los derechos de los Pueblos Indígenas

En Paraguay, la población indígena está distribuida en diecinueve pueblos pertenecientes a cinco grupos lingüísticos y la mayoría de ellos viven en la región del Chaco. A lo largo de la historia, desde la invasión española hasta el presente, la población indígena continúa padeciendo el abuso, la discriminación y la enajenación de sus tierras. En la década de los setenta se consolidó la organización de los Pueblos Indígenas en defensa de sus derechos a nivel nacional. Luego de la dictadura de Alfredo Stroessner (1954-1989), Paraguay adoptó una nueva Constitución en 1992 que reconoce la existencia previa y los derechos de los Pueblos Indígenas. En 1993 Paraguay ratificó el Convenio 169 de la OIT.

Durante el período 1990-2000 diferentes movimientos sociales exigieron justicia y reparaciones históricas. En 2003, se creó la Comisión Verdad y Justicia para investigar los delitos cometidos por funcionarios públicos durante el Gobierno de Stroessner, incluidas las ejecuciones extrajudiciales, el secuestro de niños indígenas y la enajenación de sus tierras. En 2008, el ex presidente Fernando Lugo emitió disculpas oficiales.

Las políticas públicas adoptadas en la actualidad no son necesariamente compatibles con el Convenio 169, ni se elaboran con la participación de los Pueblos Indígenas. Aunque se ha reducido la pobreza, la tasa de pobreza extrema alcanza el 63% para los niños indígenas menores de cinco años (en comparación con el 26% de media nacional). La Ley de Educación Indígena ha defendido la oferta educativa de las instituciones indígenas, pero la tasa de analfabetismo es del 40% (frente al 5% de la población no indígena). La asignación presupuestaria para la educación pública es insuficiente. El salario de algunos educadores indígenas es inferior al del resto del profesorado, no se reconocen sus años de antigüedad en la docencia y no reciben el incentivo correspondiente. En el 27% de las comunidades no enseña ningún maestro y el 71,9% informa que hay falta de aulas y deficiencias en las instalaciones.

Para OTEP-Auténtica, la difusión de información sobre el C169 entre los 2.000 maestros indígenas de las distintas comunidades es una tarea pendiente necesaria. Trabajando en coordinación con la Oficina Regional de la IE para América Latina, desarrollamos políticas para hacer visible la realidad de los Pueblos Indígenas; formamos a sindicalistas; organizamos capacitación profesional para docentes indígenas, a fin de acreditarlos e integrarlos en la carrera docente y que puedan acceder a las prestaciones dispuestas en la legislación profesional; y apoyamos las reivindicaciones indígenas.

Karen Inga Eira

Karen trabaja en el Centro para el Idioma Sami en la Educación de la Facultad Universitaria Sami. Es miembro del Sindicato Noruego de la Educación (UEN) y del Comité Sami de UEN.

Juan Gabriel Espínola

Juan Gabriel es Secretario General Adjunto del sindicato de maestros paraguayos OTEP-Auténtica (Organisación de Trabajadores de la Educación del Paraguay Auténtica Sindicato Nacional).

Las opiniones expresadas en este blog pertenecen al autor y no reflejan necesariamente ninguna política o posición oficial de la Internacional de la Educación.