Discriminación por el pelo y sesgos culturales en el sector educativo de Sudáfrica
Suscríbase
Subscríbase al boletín de Mundos de la Educación.
Suscríbase
Subscríbase al boletín de Mundos de la Educación.
Gracias por subscribirse
Algo salió mal
Como niña sudafricana, he vivido distintas formas de discriminación por mi pelo tanto en el colegio como en mi comunidad. Asistí a escuelas africanas con profesorado africano. Los y las docentes nos disuadían de llevar el pelo largo alegando que no parecía "limpio" y nos obligaban a cortárnoslo o a trenzarlo. Usábamos cremas y tintes llenos de productos químicos para domar el pelo y alterar su apariencia natural, lo que nos exponía a sufrir heridas en el cuero cabelludo. De joven, también tuve erupciones en la frente. Cuando empecé a trabajar, fui a una consulta de dermatología y me recomendaron dejar de usar inmediatamente aquellos productos químicos para el cabello. Hasta que no seguí ese consejo médico, no pude dejar atrás los problemas de piel y en el cuero cabelludo.
La historia de la discriminación capilar en Sudáfrica es tan vieja como el tiempo; con casos como la inconcebible prueba del lápiz que se usaba durante el apartheid para determinar la identidad racial. Gracias a la creciente popularidad y accesibilidad de las redes sociales y otros medios de prensa, se ha visibilizado este tema, que ha protagonizado varios titulares recientemente. El objetivo de este artículo es aportar más información sobre la discriminación por el pelo y los sesgos culturales en el sistema educativo de Sudáfrica, además de recomendaciones sobre cómo resolver esta situación.
Varios ejemplos de discriminación por el pelo en Sudáfrica
Entre los casos que han atraído la atención de los medios de comunicación masiva se cuenta el del Instituto Femenino de Pretoria (PHSG), en el que las estudiantes negras protestaron por las políticas de peinados del centro, que consideraban discriminatorias contra su estilo natural afro. En 2016, este incidente desencadenó un debate nacional sobre la discriminación por el pelo en las escuelas y la difusión del hashtag #StopRacismAtPretoriaGirlsHigh, que se usó más de 150 000 veces en X (antes Twitter). Una petición para poner fin a la discriminación motivada por el cabello reunió más de 30 000 firmas. El Consejo Ejecutivo de la Educación de Sudáfrica inició una investigación sobre el instituto y descubrió que las denuncias de las estudiantes eran ciertas. Como resultado, formularon estas recomendaciones:
- La adopción de medidas contra el profesorado responsable;
- La revisión del código de conducta del centro; y
- La puesta en marcha en el centro de programas de concienciación cultural y formación sobre diversidad.
También se han registrado incidentes como los del Instituto Femenino Sans Souci de Ciudad del Cabo, que se enfrentó a acusaciones de discriminación a las estudiantes negras por su peinado y su forma de hablar. El colegio St. Michael's de Bloemfontein, otro centro elitista, no pudo evitar el escándalo después de que una familia muy enfadada publicara fotos de unas niñas negras puestas en fila para pasar un examen de aseo, a las que habían obligado a embutirse el pelo en un gorro de piscina o un sombrero para cumplir el código de vestimenta. Por último, en 2023, la Academia Cristiana Crowthorne de Midrand expulsó a un alumno por tener dreadlocks. Este incidente suscitó muchas críticas y generó discusiones sobre la legalidad y la justicia de este tipo de políticas escolares.
Tras estos episodios, el Departamento de Educación Básica señaló que una revisión integral de las leyes educativas nacionales —que ya está en curso— ayudaría a garantizar la que el estudiantado no sea víctima de discriminación.
Discriminación en el nuevo orden democrático sudafricano
El nuevo sistema democrático sudafricano se asienta en el constitucionalismo y consagra explícitamente el Estado de derecho en sus textos fundacionales. La Constitución de la República de Sudáfrica [1] es la ley fundamental del país, por lo que ninguna otra ley puede contravenir sus disposiciones [2].
Los tribunales tienen la potestad de examinar e interpretar la legislación para asegurar que no incluye ninguna norma contraria a la Constitución. Si se detecta alguna incoherencia, se puede recovar o modificar total o parcialmente ese instrumento jurídico de acuerdo con la Ley de interpretación de Sudáfrica [3]. El capítulo 2 de la Constitución, titulado Carta de Derechos, incide de forma reiterada en la dignidad humana, la igualdad y la libertad [4]. Este capítulo enumera todos los derechos de primera, segunda y tercera generación protegidos en la Constitución, así como sus limitaciones [5].
Junto con la Constitución, tanto la Ley escolar como la Ley para la promoción de la igualdad y la prevención de la discriminación injusta (PEPUDA) pretenden garantizar que los códigos de conducta escolares reconocen las creencias culturales y religiosas, en especial en lo referido al peinado [6]. La identidad de una persona, la percepción que tiene de sí misma y su dignidad humana dependen enormemente de sus tradiciones culturales [7]. La discriminación cultural está prohibida en las escuelas y, si el peinado se considera una práctica cultural, un código de conducta que lo proscriba o no lo permita es discriminatorio [8]. Cuando se producen este tipo de discriminaciones, las escuelas deben actuar con ecuanimidad [9], de acuerdo con lo establecido en la prueba para la cláusula de limitación.
También es importante destacar que las mujeres y las niñas tienen más probabilidades de ser discriminadas por su pelo. El 10.o Congreso Mundial de la Internacional de la Educación recordó la importancia de que las niñas sigan estudiando. La discriminación por el pelo, junto con otros factores, como la vergüenza o marginación asociadas al embarazo o los ciclos menstruales, crean un entorno que no propicia el aprendizaje y que conduce a que cada vez más niñas dejen la escuela.
Lo que debe hacerse para avanzar
Estos incidentes subrayan los retos actuales y la necesidad de contar con políticas escolares inclusivas y respetuosas. No podemos tomarnos a la ligera los atentados contra la libertad cultural y religiosa, que es fundamental para la dignidad, la identidad y la autonomía de una persona. Por lo tanto, es hora de que las escuelas reconsideren, redefinan y revitalicen sus códigos de conducta y de que se planteen si de verdad esos códigos reflejan el espíritu de la nación arcoíris que Sudáfrica aspira a ser.
Sección 8(1) de la Constitución de la República de Sudáfrica, 1996 (en lo sucesivo, "la Constitución"). Para más información sobre la aplicación horizontal de los derechos, véase Chirwa, "The Horizontal Application of Constitutional Rights in a Comparative Perspective", en Law, Democracy and Development , vol. 10, 2006, pp. 37-45.
Waal, J.D., Currie, I. y Erasmus, G. (1999). The Bill of Rights Handbook. 6.ª ed. Lansdowne, Sudáfrica: Juta Legal and Academic.
La sección 36 de la Constitución, incluida en la Carta de Derechos, se conoce como "Cláusula de limitación". Esta cláusula permite restringir ciertas disposiciones constitucionales. En la sentencia "Harksen contra Lane", el Tribunal Constitucional estableció una prueba para valorar si una limitación es injusta; dicha prueba supone sopesar la finalidad y las repercusiones de la disposición en cuestión y determinar si constituye una restricción proporcional de la igualdad.
Osman, F. y Wilké, J. (2018). "Dress codes in schools: A tale of headscarves and hairstyles", en Obiter, 39(3). Disponible en: https://doi.org/10.17159/obiter.v39i3.11318.
Las opiniones expresadas en este blog pertenecen al autor y no reflejan necesariamente ninguna política o posición oficial de la Internacional de la Educación.